Honorable Tribunal de Penas-Sesión Nº 15/2019 Acta Nº 023
Siendo las 18:00 hs. el Honorable Tribunal de Penas se reúne, abre la sesión y teniendo las Planillas de los partidos disputados Divisiones inferiores y Primera entre equipos de la Liga Coronel Pringles. Así mismo se da entrada a notas presentadas por los clubes: Club Atlético Divisorio, Club Atlético Independiente
y Centro de Almaceneros Deportivo, firmadas por sus respectivos Presidentes y Secretarios.
Resuelve:
Resolución Nº 1. QUINTA DIVISION - CLUB ALUMNI (partido de fecha 5/10/2019)
El jugador Nº 6, Tobías Garaycochea, DNI 43.799.979, recibió roja directa por pegar puntapié de atrás llegando a destino, se sanciona por art. 201 inc. b1 y 220, por lo que se aplican dos (2) fechas de suspensión.
Resolución Nº 2. PRIMERA DIVISION - CULB ATLETICO DIVISORIO
El jugador Nº 8, Manuel Álvarez, DNI 35.414.581, recibió doble amonestación, ambas por protestas de fallos, se sanciona por art. 207 y 220, por lo que se aplica una (1) fecha de suspensión.
Resolución Nº 3. RESERVA - CULB ATLETICO DIVISORIO
Se da entrada al descargo presentado por el jugador Sebastián Sosa, firmado por el presidente y secretario del Club Atlético Divisorio.
El jugador Nº 1, Sebastián Sosa, DNI 27.244.661, recibió roja directa por ultimo recurso, se sanciona por art. 202 inc b y 220, por lo que se aplica una (1) fecha de suspensión.
Resolución Nº 4. RESERVA - CLUB DE PELOTA
El Director Técnico, Mauricio López, DNI 28.949.445, recibió doble amonestación, ambas por protestas de fallos, se sanciona por art. 207, 260 y 220, por lo que se aplican siete (7) días de
suspensión.
Resolución Nº 5. RESERVA - CLUB A. VENTANA
El jugador Nº 4, Ricardo Martínez, DNI 94.453.647, recibió roja directa por juego brusco grave, se sanciona por art. 204 y 220, por lo que se aplican dos (2) fechas de suspensión.
El jugador Nº 9, Agustín Ramírez, DNI 41.195.241, recibió roja directa por repicar agresión y hacer ademanes obscenos a la tribuna local, se sanciona por art. 201 inc. a, 205 inc. a y 220, por lo que se aplican cinco (5) fechas de suspensión. (La sanción se agrava porque según informe del árbitro el jugador expulsado hace ademanes obscenos a la tribuna incitando a la violencia,
art. 205 inc. a)
Resolución Nº 6. RESERVA - CLUB A. INDEPENDIENTE
Se da entrada al descargo presentado por el jugador Emiliano Kessler, firmado por el presidente y secretario del Club Atlético Independiente. (Se archiva el descargo).
El jugador Nº 3, Emiliano Kessler, DNI 38.924.992, recibió roja directa por repicar agresión, se sanciona por art. 201 inc. a y 220, por lo que se aplica una (1) fecha de suspensión.
Resolución Nº 7. CENTRO ALMACENEROS DEPORTIVO
Se da entrada al reclamo de reconsideración presentado por el Centro de Almaceneros Deportivo, en cuanto a la sanción aplicada al Sr. Hernán Heim por la fecha 7 del torneo local. Junto al pedido, el Club aporta pruebas sobre la lesión sufrida por el jugador Duhau. (Partes médicos, Informes de resonancias, etc). Este HTP, entiende que ante la gravedad de la lesión y viendo lo expuesto por el informe del arbitro, se corra traslado del reclamo mencionado al consejo directivo de la Liga Pringles de Futbol, a fin de determinar si en el caso concreto correspondería no aplicar el articulo 220 del reglamento que beneficia al infractor y aplicarse como medida ejemplar solamente el art. 200 inc. 8. De ser así, la sanción seria de doce partidos.
Es dable destacar, que este HTP, al momento de dictar las penas, lo hace pocos días después del partido, no teniendo a su alcance los elementos ahora presentados ni pruebas visuales, basando su sanción solamente en el informe del arbitro.
Este HTP aplica al pie de la letra el reglamento de transgresiones y penas del consejo federal de fútbol, y es así que se trata de ser lo mas ecuánimes posible.
SE DA TRASLADO AL CONSEJO DIRECTIVO DE LA LIGA PRINGLES DE FUTBOL DEL RECLAMO Y LA PRUBA OFRECIDA.
No siendo para más, y siendo las 19:00 horas, se da por finalizado este acto, firmando los componentes de este Tribunal de Penas.
Juan Campbell-Ramiro Campbell-Andrés Brouques


















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